Mañana, 18 de julio, comenzaremos a recoger las solicitudes de las
ayudas asistenciales del comedor escolar. Puesto que no se ha publicado la convocatoria, nos guiaremos por
el borrador de la normativa que la Conselleria ha enviado a los centros.
En el momento que se publique la normativa informaremos de los
posibles cambios (si los hubiera) para que las familias puedan subsanar la
solicitud (en caso de cambios con respecto al borrador)
PASOS A SEGUIR:
1º
Recoger en conserjería la solicitud o descargarla del siguiente enlace. SOLICITUD
2º
Cumplimentarla y firmarla por los dos
solicitantes (padre y madre), excepto las familias monoparentales.
3º
Presentar la solicitud en la secretaria del centro junto con las fotocopias del
NIF/ Pasaporte/ Permiso de Residencia… y las fotocopias de los documentos que acrediten las circunstancias
específicas. Se deben traer los originales
para su compulsa.
Horario de secretaría para entregar la
solicitud:
Lunes 18 de julio de 11:30 a 13:30 horas
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Lunes 25 de julio de 11:30 a 13:30 horas
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Martes 19 de julio de 11:30 a 13:30 horas
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Martes 26 de julio de 11:30 a 13:30 horas
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Miércoles 20 de julio de 11:30 a 13:30 horas
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Miércoles 27 de julio de 11:30 a 13:30 horas
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Jueves 21 de julio de 11:30 a 13:30 horas
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Jueves 28 de
julio de 11:30 a 13:30 horas
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Viernes 22 de julio de 11:30 a
13:30 horas
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Viernes 29 de julio de 11:30 a 13:30 horas
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Circunstancias
socio-familiares (puntuación máxima 2 puntos.)
Circunstancias
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Puntos
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Se
acreditará mediante fotocopia y original de:
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Desocupación
o paro laboral del padre y de la madre
y/o tutores, sin percibir ninguno de los dos prestaciones o subsidios por
este concepto:
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1
punto
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Esta
comprobación la realizará de oficio la Administración por lo que no hay que
aportar documentos.
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Condición
de refugiado político
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1
punto
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Original
o copia de la documentación facilitada por el Ministerio del Interior
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Hijo/a
de familias monoparentales
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1
punto
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Deberá
quedar acreditada con la aportación de
-
Título de familia monoparenta
-
En caso de no disponer de dicho
carné será necesario:
El
Certificado Municipal de Convivencia o
Informe de Servicios Sociales junto con el libro de familia y certificado
de defunción en caso de viudedad o
sentencia judicial firme de separación o divorcio,
La convivencia de la madre o el padre
solteros, separados, divorciados o viudos, con otra persona con la que mantengan una relación de
afectividad, aunque ésta no esté regularizada, excluye la condición de familia monoparental.
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Condición
de toxicómano, de alcohólico o recluso
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1
punto
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Certificado
del/la directora/a del centro penitenciario o certificado acreditativo
expedido por un médico especialista ( 1 punto por cada miembro de la unidad
familiar)
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Familia
numerosa
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1
punto
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Título
o carné de familia numerosa en vigor, o libro de familia
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Discapacidad
física o psíquica miembro de la unidad familiar
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1
punto
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Calificación
oficial de discapacidad igual o superior al 33% expedida por la Conselleria
de Bienestar Social
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Huérfano
absoluto
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2
punto
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Libro
de familia o Certificado del Registro Civil
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Familia
Acogedora
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2
puntos
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Libro
de familia o Certificado del Registro Civil
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En
el supuesto de que se aplique lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 6/2009,
de Protección a la Maternidad, de modo que se compute el número de hijos que
espere la mujer gestante, se deberá aportar certificado médico que acredite el embarazo.